El plazo para la presentación de la justificación por parte del beneficiario será en los 60 días naturales siguientes contados a partir del día siguiente de la finalización del plazo del mantenimiento del empleo (6 meses) conforme a la ayuda concedida.

Transcurrido el plazo establecido de justificación inicial sin haberse presentado la misma ante el órgano concedente, éste requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de quince días hábiles sea presentada a los efectos previstos en este artículo. La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido en este apartado conllevará la revocación de la ayuda y demás responsabilidades establecidas en el artículo 37 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentación obligatoria:

Anexo VA Justificación de la ayuda a la contratación (aportar todo lo relacionado en dicho Anexo)
Anexo VI Declaración responsable sobre la obtención de otras ayudas previa al pago
Identificación financiera para el pago de la ayuda
INSTRUCCIONES JUSTIFICACIÓN AYUDAS ERTE


Acceso a Sede Electrónica