El procedimiento de elección de beneficiarios, cumpliendo los requisitos que marca la convocatoria, será por SORTEO ante Notario.

Descripción


La crisis actual derivada de la pandemia de la COVID-19 ha puesto de manifiesto la necesidad urgente de avanzar en la transformación digital de las pymes y asegurar así su capacidad para operar plenamente en un entorno digital.

La digitalización es desde hace años una palanca clave de competitividad de las pymes, sin embargo, las circunstancias actuales la han transformado, no sólo en factor de competitividad y crecimiento, sino en muchos casos también de supervivencia.

El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, determina como uno de los objetivos esenciales en la lucha contra los efectos económicos de la pandemia “preparar y dotar de los recursos necesarios a las pymes para su desarrollo digital, así como mejorar los servicios de asesoramiento personalizado a las PYMES y acompañamiento en su esfuerzo de digitalización”.

En este contexto y con el objeto de hacer llegar las pymes, el asesoramiento especializado y los recursos económicos necesarios para financiar sus inversiones en este ámbito, la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, junto con la Cámara de Comercio de Málaga, han puesto en marcha el Programa TICCámaras, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa Operativo “Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020”, dentro del Eje 2 “Mejorar el uso y la calidad de las tecnologías de la información y de las comunicaciones y el acceso a las mismas”, en el marco de la prioridad de inversión “Desarrollo de productos y servicios de TIC, comercio electrónico y una mayor demanda de TIC”, y que contribuye a la consecución del objetivo específico OE.2.2.1. “Desarrollar la economía digital, incluyendo el comercio electrónico, para el crecimiento, la competitividad y la internacionalización de la empresa española”, como medida para hacer frente al impacto económico de la COVID-19 en las pymes.

¿A quién va dirigido?


Ser una Pyme, según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 (http://www.boe.es/doue/2014/187/L00001-00078.pdf ) o autónomo.

Los interesados, tanto personas jurídicas como personas físicas (empresarios individuales o autónomos), sólo podrán presentar su solicitud y documentación que se acompañe a la misma, a través del formulario habilitado a tal efecto en la Sede electrónica https://sede.camara.es/sede/malaga, en los términos previstos en la presente convocatoria.

Este Programa tiene como objetivo la incorporación sistemática de las TIC a la actividad habitual de las pymes, integrando herramientas competitivas claves en su estrategia maximizando las oportunidades que ofrecen para mejorar su productividad y competitividad. Para ello, potenciará la adopción, por parte de éstas, de metodologías que permitan incorporar las TIC de modo sistemático a su actividad empresarial habitual.

Se trata, en definitiva, de contribuir a la transformación digital de las PYME, microempresas y autónomos, como medida de apoyo frente al impacto económico derivado de la crisis de la COVID-19 en las PYME, mejorando su competitividad y consiguiendo una reactivación de su actividad que derive en un crecimiento económico sostenido a medio plazo.

En la práctica el Programa se materializa a través de las siguientes acciones de apoyo directo:

Fase I: Diagnóstico Asistido TIC. En esta fase, se incluye un sistema de diagnóstico asistido y personalizado. Consiste en la realización de un análisis exhaustivo del nivel de digitalización de la empresa que permite conocer el esquema y situación del nivel de competitividad de la misma en su entorno económico y de mercado, así como identificar sus necesidades tecnológicas (alineadas con sus necesidades estratégicas y operativas).  A través de este diagnóstico se determinarán una serie de recomendaciones para la implantación de soluciones pertenecientes a las tres líneas de actuación que contempla el Programa:

 Utilización de las TIC para la mejora de la competitividad: herramientas de productividad, ERP, CRM… con clara orientación a la nube (cloud computing).

Comercio Electrónico.

 Marketing Digital: SEO, SEM, email marketing, analítica web, social media, reputación online, aplicaciones móviles o cualquier otra herramienta, buena práctica o tendencia tecnológica que aparezca en el mercado.

Fase II: Implantación de recomendaciones: Tras su participación en la primera fase del Programa, y siempre en función de la disponibilidad presupuestaria, la empresa podrá participar en la Fase II.

Se continuará con la elaboración, por parte del Asesor Tecnológico de la Cámara, de uno o varios Documentos de Definición de Proyecto, que servirán como base para la solicitud de ofertas a proveedores y la elaboración del Plan personalizado de Implantación.

Este Plan Personalizado de Implantación recogerá las características de los proyectos a implantar, los proveedores seleccionados libremente por la empresa para acometer los mismos y la financiación comprometida. Para cada proyecto se definirán los conceptos y costes elegibles, así como los plazos de ejecución y justificación de la inversión realizada.

Ayudas económicas para la implantación de las soluciones que las empresas beneficiarias deseen implantar, conforme al Plan Personalizado de Implantación que se haya definido previamente con el Asesor Tecnológico de la Cámara, previa confirmación de la disponibilidad presupuestaria.

Presentación de solicitudes


Sólo se admitirá a trámite la presentación de una solicitud por empresa [o autónomo].

La solicitud de participación se firmará electrónicamente por el interesado o por la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia. El firmante de la solicitud deberá acreditar que en el momento de la presentación de la solicitud tiene representación suficiente para el acto.

El solicitante deberá disponer de certificado electrónico reconocido. En la dirección de Internet señalada anteriormente figura el listado de autoridades de certificación cuyos certificados son admitidos por la Sede electrónica.

Si un mismo interesado presentara diferentes solicitudes a esta convocatoria, se tomará en consideración únicamente la primera registrada en plazo en la Sede electrónica y no se admitirán a trámite las posteriores.

No se admitirá a trámite ninguna solicitud que se haya presentado por canales distintos a la Sede electrónica o con posterioridad a la fecha límite de presentación de solicitudes establecida en la presente convocatoria.

Para la admisión a trámite de las solicitudes es imprescindible que identifiquen de forma inequívoca y precisa al interesado. No se admitirá a trámite ninguna solicitud en la que no se corresponda el CIF/NIF aportado en la documentación con los datos incluidos en la solicitud o no sea posible comprobar dicha correspondencia.

La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa de los requisitos, condiciones y obligaciones contenidos en la presente convocatoria.

Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de la información proporcionada y los documentos proporcionados.

En el caso de que no puedan atenderse todas las solicitudes recibidas con el presupuesto disponible, se celebrará un sorteo con carácter público, de acuerdo a lo previsto en el punto 9 de la presente convocatoria, de manera que el orden de presentación de la solicitud no implicará preferencia en la valoración de las solicitudes.

En el caso de que sí puedan atenderse todas las solicitudes recibidas con el presupuesto disponible, no será necesario la celebración de un sorteo, debiendo ser informado este hecho en la Sede electrónica y en la página Web de la Cámara. En tal caso, la revisión y resolución de solicitudes se realizará siguiendo el orden de entrada de las solicitudes, concediéndose la ayuda a quienes hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria.

La fecha, hora y lugar de celebración del sorteo celebrado ante Notario se publicará en la página Web de la Cámara y en la Sede electrónica (https://sede.camara.es/sede/malaga) con una antelación mínima de 5 días hábiles a su celebración.

El citado sorteo determinará el orden de prelación entre las solicitudes a los efectos de proceder, siguiendo el citado orden, a: (i) analizar las solicitudes y la documentación presentada por los solicitantes y (ii) conceder las ayudas a los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria, hasta el agotamiento de los fondos disponibles.

En el acto de celebración del sorteo se extraerán, de forma aleatoria, tantos números como número de solicitudes haya en la lista definitiva de admitidos al sorteo. El orden en el que hayan sido extraídos dichos números, determinara el orden de prelación entre las citadas solicitudes.
En la Sede electrónica y en la página Web de la Cámara se publicará la relación de solicitudes según el orden de prelación que haya resultado del citado sorteo.


Toda la información sobre el programa se encuentra en esta web. No obstante, si necesita aclarar cualquier duda póngase en contacto con nosotros telefónicamente 952211673 o a través del  formulario de consultas

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