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Descripción


La emergencia sanitaria provocada por la crisis de la COVID-19 ha derivado en una situación sin precedentes para la economía española y su tejido empresarial, compuesto mayoritariamente por pymes, que se enfrentan en estos momentos a retos de gran magnitud y gravedad.

Esta crisis ha puesto también de manifiesto la necesidad de impulsar la competitividad de las pymes a través de la innovación en todos los niveles (mejoras económicas, de productividad y de la gestión de procesos; posicionamiento de la marca y relación con el cliente; etc…), como medida para hacer frente al impacto económico de la COVID-19.

En este contexto y con el objeto de hacer llegar las pymes, el asesoramiento especializado y los recursos económicos necesarios para financiar sus inversiones en este ámbito, la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, junto con la Cámara de Comercio de Málaga, han puesto en marcha el Programa InnoCámaras en el marco del eje 1 del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020, con aplicación en el territorio nacional, dentro del Eje 1 “Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación”, Objetivo Específico OE.1.2.1.

El Programa tiene como objetivo principal contribuir a la mejora de la competitividad de las Pymes de las regiones participantes, mediante la integración de la innovación en sus estrategias empresariales. Para ello, el Programa pone a disposición de las Pymes, una fase inicial de asesoramiento en la que se identifican posibles actuaciones de mejora en este ámbito, y otra de ayudas económicas para la implantación de las soluciones innovadoras detectadas.

Además, en las circunstancias actuales, resulta también imprescindible apoyar a las pymes en su adaptación a las nuevas medidas de contención y seguridad, con el fin de garantizar estas mejoras a corto y medio plazo. Por este motivo, se ha incluido un nuevo concepto de gasto financiable, vinculado a las inversiones realizadas por las pymes en innovación para la gestión sanitaria COVID 19, con el objeto de apoyar financieramente a las empresas en la implantación de las mejoras que realicen en este ámbito.

¿A quién va dirigido?


Las condiciones imprescindibles para ser beneficiarios del programa de ayudas son:

  • Ser una Pyme, según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 o autónomo.
  • Estar dada de alta en el Censo IAE.

Los interesados, tanto personas jurídicas como personas físicas (empresarios individuales o autónomos), sólo podrán presentar su solicitud y documentación que se acompañe a la misma, a través del formulario habilitado a tal efecto en la Sede electrónica https://sede.camara.es/sede/malaga, en los términos previstos en la presente convocatoria.

El texto de la convocatoria y sus correspondientes Anexos están disponibles en dicha Sede electrónica y en la página web de la Cámara de Comercio.

Este Programa tiene como objetivo principal contribuir a la mejora de la competitividad de las Pymes de las regiones participantes, mediante la integración de la innovación en sus estrategias empresariales como herramienta competitiva clave para lograr un crecimiento económico sostenido. A tal fin, se pone a disposición de las Pymes la posibilidad de desarrollar Planes de Implantación de Soluciones innovadoras, consistentes en el desarrollo de un plan de sensibilización y apoyo tutorizado que incluye dos fases secuenciales y progresivas:

Fase I: Asesoramiento a la PYME. Consiste en la realización de un Diagnóstico Asistido de Innovación, por parte de un Tutor cameral especializado, que permite conocer el nivel de competitividad de la empresa, en su entorno económico y de mercado.

Fase II: Plan Individual de implantación de soluciones innovadoras. Se trata de una fase de proceso, en la cual se apoyará económicamente la puesta en práctica de las recomendaciones en materia de innovación identificadas en la fase anterior y que resulten claves en la mejora de la competitividad de la empresa.
En esta fase se financian los gastos directos de los servicios de asesoría y consultoría, así como otros gastos e inversiones asociados al desarrollo del Plan.

Esta fase es prefinanciada y cofinanciada por las empresas beneficiarias, y se llevará a cabo por proveedores elegidos libremente por la PYME beneficiaria. El importe máximo financiable es de 7.000 €, si bien los Planes podrán ser de mayor cantidad.

Esta segunda fase prevé también actuaciones de seguimiento y acompañamiento por parte de las entidades camerales (se monitorizará la implantación y se acompañará a la PYME para facilitar la apropiación y aprovechamiento de lo implantado). El personal cameral realizará tareas tanto de ejecución como de coordinación de las actuaciones.

Presentación de solicitudes


Sólo se admitirá a trámite la presentación de una solicitud por empresa [o autónomo].

La solicitud de participación se firmará electrónicamente por el interesado o por la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho.

El solicitante deberá disponer de certificado electrónico reconocido. En la dirección de Internet señalada anteriormente figura el listado de autoridades de certificación cuyos certificados son admitidos por la Sede electrónica.

Si un mismo interesado presentara diferentes solicitudes a esta convocatoria, se tomará en consideración únicamente la primera registrada en plazo en la Sede electrónica y no se admitirán a trámite las posteriores.

No se admitirá a trámite ninguna solicitud que se haya presentado por canales distintos a la Sede electrónica o con posterioridad a la fecha límite de presentación de solicitudes establecida en la presente convocatoria.

Sólo se considerarán válidamente presentadas aquellas solicitudes que cumplan las siguientes condiciones mínimas : I) los campos identificados como obligatorios en el formulario de solicitud de la Sede deben estar debidamente cumplimentados y su contenido resultar comprensible y coherente con la información solicitada, y II) los documentos obligatorios que se adjunten al formulario de solicitud de participación deben referirse a la empresa solicitante y su contenido responder claramente a la finalidad con la que se solicitan, no admitiéndose los documentos que no cumplan estas condiciones.

El incumplimiento de alguna de las citadas condiciones mínimas, que no obedezca a errores materiales o aritméticos, conllevará la inadmisión a trámite de la solicitud.

Más información


Toda la información sobre el programa se encuentra en esta web. No obstante, si necesita aclarar cualquier duda póngase en contacto con nosotros telefónicamente 952211673 – 952211675 o a través del formulario de consultas

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