Con carácter extraordinario y urgente, el Decreto-Ley 25/2020, de 29 de septiembre, BOJA Extraordinario, número 59, de 29/09/2020, crea y regula el Bono Turístico de Andalucía, como consecuencia de la situación ocasionada por el COVID-19.
Personas beneficiarias: Podrán solicitar esta subvención, hasta en un máximo de tres ocasiones, las personas con vecindad administrativa en cualesquiera de los municipios de Andalucía y residencia legal en España (personas españolas, comunitarias y extranjeras con residencia legal en España que estén empadronadas en un municipio de Andalucía), que hayan pernoctado fuera de su municipio de residencia. Asimismo, podrán ser beneficiarias las personas titulares de la Tarjeta de Andaluz o Andaluza en el Exterior.
Plazo de presentación de solicitudes. Una vez publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto, y dentro del periodo de referencia comprendido entre el 1 de octubre de 2020 y el 31 de mayo de 2021, el plazo para la presentación de la solicitud será de un mes a contar desde el día siguiente al último día de pernoctación en el alojamiento turístico.