Con la entrada en vigor en diciembre del “Decreto-Ley 4/2019, para el Fomento de Iniciativas Económicas”, normativa que puedes descargar pulsando aquí, se han introducido medidas de agilización y simplificación administrativas, especialmente dirigidas a activar el desarrollo de proyectos empresariales de interés estratégico para nuestra Comunidad Autónoma, las cuales quedan alineadas con nuestras demandas para mejorar la eficacia de una normativa, la Ley 4/2011, que se había demostrado infructuosa en la práctica.

Así, la nueva normativa, que deroga la anterior Ley 4/2011 en casi su totalidad, supone una mejora en el marco regulatorio andaluz, al objeto de facilitar la tramitación preferente y ágil de las inversiones empresariales estratégicas para Andalucía, entendidas éstas como aquéllas que tengan una especial relevancia para el desarrollo económico, social o territorial de Andalucía. En concreto, la nueva normativa amplía la categorización de proyectos que pueden ser declarados de interés estratégico, a partir de una inversión de 25 millones de euros y la creación de 50 empleos durante su ejecución. Asimismo, prevé la solicitud de la declaración de interés estratégico a instancia del promotor del proyecto y delimita los plazos para obtener la misma.

Obtenida la declaración de interés estratégico, la misma confiere a los proyectos un impulso preferente y urgente frente a las administraciones públicas andaluzas, acortando con carácter general a la mitad los plazos de tramitación y reforzando las tareas de impulso y coordinación desde el ámbito público para la ejecución de los proyectos. Para ello, la norma crea, dentro de la administración autonómica, la Unidad Aceleradora de Proyectos, que será la encargada de asistir y asesorar al promotor del proyecto durante todo el proceso, así como de canalizar todo lo relativo a la coordinación administrativa para el impulso efectivo de los citados proyectos.

Asimismo, el nuevo Decreto-Ley modifica la Ley de Ordenación del Territorio de Andalucía en algunos aspectos (deroga el artículo 41 y modifica los artículos 38 y 39) al objeto de dotar de mayor seguridad jurídica el desarrollo de las inversiones, en especial en el ámbito urbanístico; y por otro lado, reactiva la declaración de interés autonómico para proyectos promovidos por la incitativa privada.

En definitiva, se trata de un paso en la eliminación de trabas que dificultan la inversión productiva y actividad económica en Andalucía, algo reiteradamente demandado por las organizaciones empresariales andaluzas, y donde aún quedan cuestiones pendientes, que seguiremos reclamando conforme a las propuestas planteadas para la mejora de la regulación económica en Andalucía.