- Se ofrecerán dos nuevos tipos: el Certificado cualificado de autónomo y el Certificado cualificado de autónomo-colegiado
- También se puede solicitar el certificado digital Camerfirma sin necesidad de ser empresario
15/12/2020. La Cámara de Comercio de Málaga ha sido habilitada por Camerfima, la entidad que gestiona los certificados digitales de las Cámaras de Comercio, a expedir a partir de hoy, día 15 de diciembre, los nuevos certificados digitales cualificados de autónomos, concretamente Certificado cualificado de autónomo y Certificado cualificado de autónomo-colegiado.
Se trata de un certificado electrónico emitido a una persona física en su condición de trabajador autónomo, que le permite realizar trámites electrónicos con terceras personas, administraciones públicas, organismos públicos, etc. así como firmar en su propio nombre y derecho documentos con plenas garantías legales, garantizando a la vez su identidad personal, la vigencia de su situación actual de autónomo y, si procede, su condición de profesional colegiado.
¿Quién lo puede solicitar?
Lo puede solicitar una persona física que es trabajador autónomo, es decir a una persona física de más de 18 años que trabaja por cuenta propia y realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo que le obliga a la inclusión en el Sistema de Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) o cualquier otro régimen o sistema alternativo de protección social por pertenecer a colectivos específicos de trabajadores autónomos (ej.: mutuas privadas, de colegios profesionales).
- El uso de este certificado está restringido únicamente a su titular
- En caso de baja en el régimen de autónomos, el titular del certificado deberá revocar el certificado
¿Qué documentación debe aportar para la obtención del certificado?
- Si es un ciudadano español: DNI o Pasaporte en vigor o cualquier otro medio admitido en derecho.
- Si es un ciudadano extranjero: NIE (Documento de Identificación de Extranjero), y documento de identidad del país de origen o Pasaporte en vigor.
- Copia de la declaración de alta en el Censo de empresarios y profesionales (Modelo 036 o 037 de AEAT) o documento oficial donde consta el nº CNAE.
- Copia del último recibo de cotización a un Sistema de protección social (RETA o sistema alternativo privado).
- Si es un profesional colegiado: ultimo recibo de la cuota colegial (donde se pueda ver el Colegio y el nº de colegiado).
Igualmente, otra novedad a partir de hoy, será la expedición de certificados digitales cualificados de ciudadano que permite realizar trámites que requieran autenticación de identidad, así como firmar en su propio nombre y derecho documentos con plenas garantías legales.
De esta forma se ofrece un servicio a la ciudadanía que complementa y completa los certificados digitales en el ámbito empresarial, dirigidos a personas físicas que hasta ahora podían ser emitidos pero exclusivamente para empresas.
El uso de este certificado está restringido únicamente a su titular y para poder solicitarlo debe aportar la siguiente DOCUMENTACION:
- Nacionalidad española: DNI/NIF o Pasaporte en vigor.
- Extranjero: documento de NIE (Tarjeta o certificado de residencia permanente en España o por mantener relaciones económicas, profesionales o sociales con España), y documento de identidad del país de origen o Pasaporte en vigor.
- La documentación a aportar deberá presentarse ante la Autoridad de Registro/Cámara de Comercio, en original y copia
- Si los documentos no estuvieran en una lengua oficial de España, la Autoridad de Registro podrá solicitar una traducción jurada en castellano y con Apostilla de La Haya
Con estos nuevos certificados se completa la oferta de certificados digitales que la Cámara de Comercio venía ofreciendo a las empresas de la provincia de Málaga
Solicitudes para un certificado digital a través de la Web: www.camerfirma.com